Sep 10, 2026

El bisfenol F se ha añadido una vez más a la lista provisional de SVHC.

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La norma local DB 43/T 3400-2025 "Especificación técnica para el control del contenido de aluminio en el proceso de producción de productos de soja", emitida por la Administración Provincial de Regulación del Mercado de Hunan y compilada conjuntamente por GRGTEST Testing (Hunan) Co., Ltd., se implementará oficialmente el 17 de febrero de 2026.

 

Nuevas sustancias previstas

 

Nombre de la sustancia

4,4-Dihidroxidifenilmetano (Bisfenol F, BPF)

Número CAS

620-92-8

Número CE

210-658-2

Atributos potenciales de SEP

Toxicidad para la reproducción (Artículo 57(c) de REACH)

Parte intencional

Suecia

Fecha prevista de presentación del expediente

1 de febrero de 2027

estado actual

Intención

Aplicaciones

El bisfenol F es una alternativa común al bisfenol A (BPA) y se usa ampliamente en recubrimientos de latas de alimentos, adhesivos epoxi, materiales de embalaje electrónico, papel térmico, adhesivos estructurales para automóviles y otros productos.

 

Fondo

BPF se incluyó junto con n-hexano y bisfenol AF en la 34.ª consulta pública de SVHC celebrada en septiembre de 2025. Sin embargo, en la lista oficial actualizada de candidatos de SVHC publicada por la ECHA en febrero de 2026, n-hexano y BPAF se incluyeron con éxito, mientras que la propuesta de BPF se retiró antes de la consulta debido a controversias en torno a la evidencia que la respalda. En este caso, la ECHA ha modificado el procedimiento de inclusión de SVHC para BPF basándose en su clasificación de peligro original (toxicidad para la reproducción), lo que indica su compromiso de abordar las lagunas de datos anteriores mediante análisis complementarios y refinados. Dada la trayectoria regulatoria actual, la probabilidad de que el bisfenol F se agregue formalmente a la lista de candidatos SVHC en 2027 ha aumentado significativamente.

 

SVHCresponsabilidad empresarial

La ECHA hace hincapié en que las empresas deben cumplir los requisitos reglamentarios y las obligaciones prescritas por dichas reglamentaciones. Por ejemplo, si el contenido de sustancias SVHC en un producto supera el 0,1 % (p/p), de conformidad con los requisitos de la Directiva Marco de Residuos (DMA), las empresas deberán, a partir del 5 de enero de 2021, presentar una notificación SCIP; dicha información de notificación SCIP se publicará en el sitio web oficial de la ECHA. Según el Reglamento REACH, si el contenido de sustancias SVHC en un producto supera el 0,1 % (p/p) y el volumen anual de dichas sustancias en el producto supera 1 tonelada, el fabricante o exportador deberá presentar una notificación a la ECHA; Si el contenido de sustancias SVHC en el producto supera el 0,1 % (p/p), la empresa también deberá cumplir con sus obligaciones de intercambio de información-.

 

Capacidades de servicio relacionadas con GRGTEST-

1. Pruebas de la lista de sustancias candidatas a SVHC de REACH-;

2. Pruebas de la lista de sustancias del Anexo XVII del Reglamento REACH;

3. Interpretación de la normativa REACH y formación sobre gestión de la cadena de suministro;

4. Ayudar a los clientes a completar los informes de datos SCIP;

5. Ayudar a los clientes a completar las notificaciones de tonelaje SVHC;

6. Ayudar a los clientes a completar sus declaraciones de cumplimiento de REACH.

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